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¿No sabes por dónde empezar?

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¿No sabes por dónde empezar?

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¿Sabes si tienes la condición de residente o de no residente fiscal en España?

Una persona física es residente en territorio español cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias:

  • Que permanezca más de 183 días, durante el año natural, en territorio español. Para determinar este período de permanencia en territorio español se computarán las ausencias esporádicas salvo que el contribuyente acredite su residencia fiscal en otro país. En el supuesto de países o territorios de los calificados como paraíso fiscal, la Administración tributaria podrá exigir que se pruebe la permanencia en el mismo durante 183 días en el año natural.

  • Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos de forma directa o indirecta.

  • Que residan habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de esta persona física. Este tercer supuesto admite prueba en contrario.

No perderán la condición de contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, las personas físicas de nacionalidad española que acrediten su nueva residencia fiscal en un país o territorio calificado como paraíso fiscal. Esta regla se aplicará en el periodo impositivo en el que se efectúe el cambio de residencia y durante los cuatro períodos impositivos siguientes.

Por el contrario, una persona física tendrá la consideración de no residente en España cuando no se cumpla ninguno de los requisitos anteriores.

NUESTROS SERVICIOS

En Assessoria la Selva ofrecemos una amplia gama de servicios profesionales para no residentes. Consúltenos sin compromiso y le haremos un estudio para saber si estás obligado a presentar algún tipo de declaración y de esta manera dar cumplimiento con sus obligaciones legales de acuerdo con la Ley vigente.

Fiscalidad internacional y declaración de impuestos

  • Asesoramiento sobre la normativa aplicable en la fiscalidad internacional.
  • Impuesto sobre la renta de no residentes sin establecimiento permanente. El IRNR: ¿dónde se aplica? ¿Quién está obligado a tributar?
    • Estudio si hay sujeción al impuesto sobre la renta de no residentes (IRNR)
    • Retención en la adquisición de bienes inmuebles a no residentes sin establecimiento permanente.
    • Gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes.
    • Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Retenciones e ingresos a cuenta (declaración - documento de ingreso).
    • Comunicación del desplazamiento al extranjero efectuada por trabajadores por cuenta ajena.
    • Declaración Informativa de cuentas de no residentes sin establecimiento.
    • Declaración Informativa de relación individualizada de los clientes perceptores de beneficios distribuidos por instituciones de inversión colectiva españolas, y de aquellos por cuya cuenta la entidad comercializadora haya efectuado reembolsos o transmisiones de acciones o participaciones.
    • Resumen anual declaración Informativa de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (sin establecimiento permanente).
  • Declaración Informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero.
  • Los paraísos fiscales.
  • Los convenios de doble imposición.

Obtención NIE

  • Solicitud NIE para la adquisición de inmuebles.
  • Solicitud NIE por intereses económicos, compraventa participaciones sociales, constitución de sociedad, inversión en acciones, etc.
  • Solicitud NIE por intereses profesionales.
  • Solicitud NIE por intereses sociales.

Real Estate

  • Asesoramiento en la adquisición de inmuebles.
  • Obtención NIE.
  • Gestión integral de la compraventa de inmuebles.
  • Tramitación de certificación energética, cédula de habitabilidad, etc.

ASSESSORIA LA SELVA LLORET DE MAR
CONTABILITAT ASSESSORIA LA SELVA 1
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